PRÓRROGA POR 180 DÍAS DE LA DOBLE INDEMNIZACIÓN

En el marco de la emergencia pública en materia ocupacional, el Gobierno Nacional amplió por el plazo de 180 días la doble indemnización. La medida fue publicada a través del Decreto 528/2020 y prorroga el Decreto 34/2019.

Es importante mencionar que la medida no es aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la publicación del Decreto 34/2019.

Por otra parte, en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la Ley N° 27.541, mediante el Decreto 529/2020 el Gobierno Nacional estableció que para las suspensiones por falta de trabajo y fuerza mayor dispuestas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo no regirán los límites temporales previstos por los artículos 220, 221 y 222 de la mencionada Ley.